20/03/2025
鈿栵笍 隆Atenci贸n! El perjuicio emocional a los clientes puede ser motivo de despido 馃毃馃懃
La Corte Suprema ha determinado que un trabajador puede ser cesado si afecta la estabilidad emocional de un cliente, siempre que se respeten las garant铆as del debido proceso. La sentencia fue emitida en la Casaci贸n Laboral N掳 17739-2022-Lima por la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia. En ella, dentro de un proceso ordinario laboral de desnaturalizaci贸n de contrato y otros, se declar贸 infundada la casaci贸n interpuesta por la profesora demandante y fundada la casaci贸n presentada por el colegio empleador.
馃敼 Punto relevante: Una docente fue despedida tras incurrir en maltrato psicol贸gico contra alumnos durante un viaje escolar.
馃敼 Actuaci贸n conforme a la ley: La instituci贸n educativa otorg贸 un plazo adecuado para que la trabajadora ejerciera su derecho de defensa.
馃敼 Nuevo precedente: Se establece un criterio clave para el despido por afectaci贸n emocional, en aplicaci贸n del art铆culo 31掳 de la LPCL.
馃敼 Principio de inmediatez: La sanci贸n debe imponerse en un tiempo razonable desde la comisi贸n de la falta.
馃搶 Un fallo trascendental que fortalece la protecci贸n de clientes y usuarios en el 谩mbito laboral.
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