01/02/2025
📌 AMPLIACIÓN DEL SIRE
Con la RSNATI N° 000003-2025-SUNAT/700000 se amplían aplicación de la facultad discrecional en la administración de sanciones por infracciones relacionadas a libros y registros vinculados a asuntos tributarios llevados de manera electrónica dispuesta en la Res. N° 000039-2023- SUNAT/700000 y ampliatorias
- Incluir a dichas infracciones cuando se configuren por los periodos enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2025; y,
- Prorrogar el plazo para subsanar la generación de los registros y/o realizar los ajustes que correspondan en el SIRE hasta el 31 de julio de 2025.
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16/01/2025
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26/09/2024
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24/09/2024
📝 LEY N.º 32123
LEY DE MODERNIZACIÓN DEL SISTEMA PREVISIONAL PERUANO.
(Fecha de publicación: 24/09/2024)
Alcances más relevantes:
📌 Tasa de aporte obligatorio para los trabajadores dependientes en el Sistema.
📌 La edad de jubilación en el sistema se fija en 65 años, para hombres y mujeres.
📌 Edad para acceder a una pensión adelantada, anticipada ordinaria o anticipada por desempleo, es a partir de los 55 años.
📌 Queda prohibido el retiro total o parcial de los fondos acumulados en las cuentas individuales de aportes obligatorios por parte de los afiliados del SPP a excepción de lo estipulado en el artículo 40 y 42-A del TUO de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por el Decreto Supremo 054-97-EF.
Link de la norma:
04/07/2024
📝 Oficializan ley 32089 que delega facultades legislativas al Poder Ejecutivo
Fecha de publicación: 04/07/2024
Mediante LEY Nº 32089, el gobierno oficializó la ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materias de reactivación económica, simplificación y calidad regulatoria, actividad empresarial del Estado, seguridad ciudadana y defensa nacional, por el plazo de 90 días calendario.
Materias:
1. Fortalecimiento, simplificación y calidad regulatoria en materia de inversión pública, privada y público-privada, y gestión de servicios públicos
2. Mejora de la calidad de la inversión pública
3. Fortalecimiento de la actividad empresarial del Estado
4. Reducción de costos de transacción
5. Acceso y competencia en servicios financieros
6. Equilibrio fiscal
7. Tributaria
8. Política criminológica y penitenciaria
9. Desarrollo urbano, habilitación urbana y de suelos, acceso a viviendas y para la intervención estratégica en el ámbito de influencia del Terminal Portuario de Chancay
10. Seguridad y defensa nacional en el ámbito de inteligencia, contrainteligencia y seguridad digital
03/07/2024
Procedimiento que seguir para corregir los depósitos por errores en datos distintos del número de cuenta o del monto del depósito.
www.linkedin.com
02/07/2024
📌 CONGRESO OFICIALIZA NORMA QUE ELIMINA OBLIGATORIEDAD DE CONSIGNAR RUC EN REDES SOCIALES
📝 Ley N.º 32080 (publicado 02.07.24; vigencia 03..07.24)
Ley que modifica el Decreto Legislativo 943, Ley del Registro Único de Contribuyentes, y el Código Tributario, para restablecer el correcto funcionamiento de la publicidad digital
Las empresas ya no estarán obligadas a consignar su número del Registro Único de Contribuyentes (RUC) en cualquier publicidad online o promociones que se hicieran en redes sociales como Facebook, Twitter, Instagram, entre otros.
Esto luego de que el Congreso de la República publicara este martes la Ley 32080 en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, tras haber sido aprobada por insistencia en el pleno parlamentario.
📍 La norma promulgada por el Congreso elimina dicha disposición, por lo que ya no aparece en el artículo 3 de la Ley del RUC, el cual queda redactado de la siguiente manera:
"El número de inscripción en el RUC será de carácter permanente y uso obligatorio en cualquier documento que presenten o actuación que realicen ante la Sunat. El mencionado número también deberá ser comunicado a las Entidades de la Administración Pública, Empresas del Sistema Financiero, Notarios y demás sujetos comprendidos en el artículo 4".
01/07/2024
📢 INCORPORA NUEVOS OBLIGADOS PARA INSCRIBIRSE AL RUC - SUNAT
📌 Mediante Resolución de Superintendencia N° 130-2024-SUNAT (publicada el 30 de junio 2024), SUNAT establece nuevos obligados a inscribirse en el RUC hasta el 30 de setiembre de 2024, entre ellos los siguientes:
📍 Sean propietarios de 5 o más predios cuyo valor, en conjunto, superen las 126 UIT.
📍 Sean propietarios de acciones o participaciones en sociedades peruanas o extranjeras cuyo valor, en conjunto, supere las 100 UIT.
📍 Hayan realizado adquisiciones de bienes sujetos a percepciones del IGV que por año superen las 10 UIT.
📍 Hayan percibido intereses por depósitos en cuentas de empresas del sistema financiero y la suma de los saldos de estas cuentas supere las 300 UIT.
De igual forma, se estable la obligación de inscribirse en el RUC:
📍 Para aquellos sujetos que realicen actos con entidades financieras y de seguros, como créditos corporativos cuando el monto solicitado excede las 10 UIT, o contraten el SOAT para vehículos de transporte de carga pesada.
📍 Personas naturales y sucesiones indivisas, según sea el caso, domiciliadas en el país que al 31 de julio de 2024, cumplan los nuevos supuestos para inscribirse en el RUC.
: 01 de julio 2024
Resolución de Superintendencia que modifica la Resolución de Superintendencia Nº 210-2004/SUNAT mediante la cual se aprueban las disposiciones reglamentarias del Decreto Legislativo Nº 943 que aprobó la Ley del Registro Único de Contribuyentes
Resolución de Superintendencia que modifica la Resolución de Superintendencia Nº 210-2004/SUNAT mediante la cual se aprueban las disposiciones reglamentarias del Decreto Legislativo Nº 943 que aprobó la Ley del Registro Único de Contribuyentes
30/06/2024
📌 Hoy 30.06.2024 ️Se ha publicado en el diario El Peruano la RSNATI N° 0025-2024.
Que amplía la facultad discrecional de la SUNAT para a los que trasladen bienes una de el #31 de 2024.
17/05/2024
📌 LEY nº 32027
Ley que autoriza a los trabajadores la del 100% de la , a fin de cubrir sus necesidades por causa de la actual crisis económica.