21/01/2026
UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN (UMA)
Es un indicador que se utiliza como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas y de la Ciudad de México, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de dichas leyes.
El valor actualizado de la UMA lo calcula y publica el INEGI cada año.
Se creó en el 2016, e inició su aplicación en el 2017; y se creó con la finalidad de desvincular el Salario Mínimo de las determinaciones que no tienen relación con el salario.
El 27 de enero de 2016, se reformó la Constitución. Entre los cambios realizados, se modificó la fracción VI del apartado A del Artículo 123, que trata sobre el salario mínimo, agregando lo siguiente: "El salario mínimo no podrá ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza".
Por otro lado, también se agregaron dos párrafos al final del apartado B del Artículo 26, artículo que habla sobre el INEGI, sus facultades y obligaciones. El penúltimo párrafo dice: "El organismo calculará en los términos que señale la Ley, el valor de la Unidad de Medida y Actualización que será utilizada como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas, y del Distrito Federal, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores".
¿Cómo se calcula la UMA?
El valor diario se determinará multiplicando el valor diario de la UMA del año inmediato anterior por el resultado de la suma de uno (1) más la variación interanual del Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de diciembre del año inmediato anterior.
En otras palabras, el valor diario de la UMA se calcula incrementando a la UMA del año anterior la inflación también del año anterior.
La UMA mensual se obtiene multiplicando el valor diario de la UMA por 30.4
La UMA anual se obtiene multiplicando el valor mensual de la UMA por 12
¿Cuándo entra en vigor la UMA actualizada?
El INEGI publica en el Diario Oficial de la Federación dentro de los primeros diez días de enero de cada año el valor diario, mensual y anual, en moneda nacional el valor de la UMA, y dichos valores entran en vigor el 01 de febrero de dicho año.
Ejemplo práctico.
• Cálculo del valor diario de la UMA para el ejercicio 2026
Valor diario de la UMA 2025: $113.14
Variación interanual del INPC Dic-2025 (Inflación acumulada): 3.69%
Para obtener el valor decimal de la inflación acumulada debemos dividir su valor entre 100: 3.69/100= 0.0369
Fórmula: Valor diario UMA actualizado= UMA 2025 X (1+0.0369)
Valor diario UMA actualizado= 113.14 X 1.0369
Valor diario UMA actualizado= 117.31
• Cálculo del valor mensual de la UMA 2026
Fórmula: Valor mensual UMA: Valor diario UMA actualizado X 30.4
Valor mensual UMA: 117.31 X 30.4= 3,566.22
• Cálculo del valor anual de la UMA 2026
Fórmula: Valor anual UMA: Valor mensual UMA X 12
Valor anual UMA: 3,566.22 X 12= 42,794.64
Fuente:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización
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SALARIO MÍNIMO 2026
El día de ayer, 03 de diciembre de 2025 se publicaron los salarios mínimos que estarán vigentes a partir del 01 de enero de 2026.
Es importante aclarar que existen dos zonas geográficas para la aplicación del salario mínimo general:
• El salario mínimo de la Zona Libre de la Frontera Norte (Aplica para todos los municipios que colindan con Estados Unidos).
• El Salario Mínimo General (Se aplica al resto del país).
Recientemente, para determinar el incremento del siguiente año, se suman al salario mínimo vigente una cantidad en pesos denominada Monto Independiente de Recuperación (MIR) y un porcentaje denominado Incremento por Fijación.
Para determinar el monto para el 2026, el MIR fue de $17.01 y el Incremento por Fijación fue del 6.5% para el salario mínimo general; y para el salario mínimo de la Zona Libre de la Frontera Norte el Incremento por Fijación fue del 5%.
Como resultado, el salario mínimo general pasó de $278.80 a $315.04, lo que representa un incremento del 13%; mientras que en la Zonas Libre de la Frontera Norte pasó de $419.88 a $440.87, representando el incremento del 5% del Incremento por Fijación.
El salario mínimo es la cantidad mínima que debe recibir el trabajador por una jornada de trabajo.
Sin embargo, existe el denominado Salario Mínimo Profesional. Es un listado de salarios de 61 profesiones u oficios, los cuáles son mayores al salario mínimo general.
Para el 2026, los salarios mínimos profesionales se incrementarán en la misma proporción que los salarios mínimos generales de su área geográfica.
El encargado de analizar y determinar el salario mínimo es la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos.
Fuente: Comisión Nacional de los Salarios Mínimos
https://www.gob.mx/conasami/articulos/incremento-a-los-salarios-minimos-para-2026?idiom=es
Enlace para descargar la tabla de salarios mínimos generales y profesionales:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1041076/Tabla_de_Salarios_M_nimos_2026.pdf
Créditos de la imagen: A quien corresponda
04/12/2025
Les deseamos excelente día.
03/12/2025
DECLARACIÓN ANUAL DE ISR POR INGRESOS POR SUELDOS Y SALARIOS
Normalmente el cálculo anual del ISR por sueldos y salarios lo realiza el empleador; sin embargo, hay casos en los que el trabajador es quien está obligado a presentar su declaración anual:
• Cuando también obtenga otros ingresos que se consideren acumulables para el ISR, por ejemplo, ingresos por venta de bienes o servicios, por honorarios, por arrendamiento, por intereses, entre otros.
• Cuando el trabajador hubiera informado al empleador que presentaría por su cuenta la declaración anual.
• Cuando deje de prestar sus servicios antes del 31 de diciembre, o cuando hubiera prestado sus servicios a dos o más empleadores simultáneamente.
• Cuando perciba ingresos por sueldos y salarios provenientes del extranjero o de personas no obligadas a efectuar las retenciones por sueldos y salarios.
• Cuando sus ingresos por sueldos y salarios superen la cantidad de $400,000 en el año de que se trate.
¿Quieres saber más detalles sobre este tema?
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Crédito de la imagen: A quien corresponda.
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