04/09/2023
McAin y Asociados
En McAin y Asociados nos encargamos de brindarte el mejor servicio en contabilidad, asesoría financiera y tributaria, así como auditorías empresariales.
En McAin y Asociados brindamos servicios profesionales de contabilidad, asesoría tributaria y financiera, así como auditorías empresariales.
04/09/2023
21/02/2020
De conformidad con la ley, les informamos que el plazo ordinario de presentación del formulario D135 es de dos meses y quince días después del cierre del período fiscal, en consecuencia, si la obligación de inscribirse de las sociedades inactivas es en los siguientes meses de acuerdo la numero en que finaliza la cédula jurídica:
a. Cédulas jurídicas que finalizan en 1 y 2: Enero
b. Cédulas jurídicas que finalizan en 3 y 4: Febrero
c. Cédulas jurídicas que finalizan en 5 y 6: Marzo
d. Cédulas jurídicas que finalizan en 7 y 8: Abril
e. Cédulas jurídicas que finalizan en 9 y 0: Mayo
Es a partir de estas fechas, que le nace a las sociedades inactivas la obligación de declarar, antes de esta fecha éstas sociedades no tenían la obligación formal de declarar, no les habían nacido la obligación, por falta de la resolución que indica la ley de fortalecimiento de las finanzas públicas.
En consecuencia, a estas sociedades inactivas el periodo fiscal primero que terminan es el que finaliza el 31 de diciembre del 2020 y por lo tanto su primera declaración debe ser presentada entre el 1º de enero del 2021 al 15 de marzo del 2021.
Otro tema es que se debe reportar en esta declaración D135, solamente los datos de activos, pasivos y capital, es decir, no se debe incluir datos de resultados como son de ingresos y gastos, así las cosas lo que se debe presentar en la declaración del D135 es solo los saldos que se tienen en las cuentas de activos, pasivos y capital al cierre del periodo fiscal, 31 de diciembre del 2020, es decir, la declaración será una especie de fotografía del saldo de estas cuentas a esa fecha de cierre del período fiscal 31 de diciembre del 2020.
Tras las consultas que hemos recibido sobre las nuevas directrices del Ministerio de Hacienda en relación con la recepción de facturas, les compartimos el siguiente video de Facturación Electrónica Facel S.A. en el cual explican paso a paso el proceso de recepción electrónica.
En caso de consultas adicionales, por favor no duden en contactarnos al 2276 7360 o al 8814 8647.
25/06/2019
09/06/2019
El Ministerio de Hacienda transmitirá este lunes a la 1:00 p.m., desde Facebook Live, información detallada sobre su papel ante la llegada del IVA.
La responsabilidad de informarnos es de todos. Aprovechemos los nuevos canales de comunicación, evacuemos nuestras dudas y tomemos las debidas previsiones.
El Ministerio de Hacienda abre un nuevo canal de comunicación directa con la ciudadanía. Acompáñenos, a partir del próximo lunes, en la transmisión que realizaremos vía Facebook Live, desde el Colegio de Periodistas, a la 1:00 p.m.
17/05/2019
https://www.facebook.com/115872105050/posts/10161916394145051?s=1627827458&sfns=mo
Nueva versión de reglamento de renta aclara más cómo tributan los alquileres Lea más sobre este tema en La Nación
17/03/2018
Si su negocio pertenece a los sectores de ingeniería, arquitectura o informática, tome en cuenta que a partir del próximo mes deberá utilizar facturas electrónicas.
Para más información, contáctenos al 2276 7360 y con gusto le asesoramos.
25/12/2017
¡Nuestros mejores deseos para ustedes y sus familias en esta navidad!
Nos vemos de nuevo a partir del martes 2 de enero.
31/10/2017
Con gusto atendemos cualquier duda que tenga con respecto al futuro financiero de su negocio, contamos con profesionales altamente calificados para orientarle en cada paso de su desarrollo comercial.
Para más información sobre nuestros servicios puede llamarnos al 2276 7360.
05/10/2017
"La multa para este periodo fiscal es de ¢213.100".
Evite ser sancionado. Conozca el procedimiento y requerimientos para declar su impuesto sobre la renta a tiempo.
http://www.elfinancierocr.com/economia-y-politica/EF-Explica-declarar-impuesto-renta_0_1260473946.html
EF Explica: ¿Cómo declarar y pagar el impuesto sobre la renta? Toda la información en El Financiero
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