25/02/2024
En la Gaceta Oficial N°42.823 del 21 de febrero de 2024 fue publicada el Decreto N° 4.924 mediante el cual se exonera del pago del impuesto a las grandes transacciones financieras los débitos que generen la compra, venta y transferencia de la custodia en títulos valores emitidos o avalados por la República o el Banco Central de Venezuela, así como los débitos o retiros relacionados con la liquidación del capital o intereses de los mismos y los títulos negociados a través de las bolsas de valores y bolsa agrícola, realizados en moneda distinta a la de curso legal en el país.
Este decreto adicionalmente incluye en su artículo 5 algunas operaciones no sujetas al pago de este impuesto:
✔Operaciones cambiarias realizadas por personas naturales y jurídicas.
✔Pagos en bolívares con tarjetas de débito o crédito nacionales e internacionales desde cuentas en divisas, a través de puntos de pago debidamente autorizados por las autoridades competentes, salvo los realizados por los sujetos pasivos especiales.
✔Pagos en moneda distinta a la de curso legal en el país o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela, realizados a personas naturales, jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica que nos están calificados como sujetos pasivos especiales.
✔Las remesas enviadas desde el exterior, a través de instituciones autorizadas para el efecto.
El Decreto N° 4.924 entrará en vigencia a partir del 26 de febrero de 2024.
Este Decreto N° 4.924 tendrá una vigencia de un (01) año, contado a partir de la fecha de su entrada en vigencia.
Lo invitamos a conocer con detalle los ocho (8) artículos que conforman este Decreto N° 4.924 Comenta SAGRA y solicita la Gaceta Oficial 📢
En caso de tener alguna pregunta sobre este Decreto u otro aspecto tributario, financiero o contable, no dude en contactarnos.
25/02/2024
Providencia G.O. N° 42.813 de fecha 05-02-2024 donde se dicta la Normativa que establece el procedimiento correspondiente a la liquidación, autoliquidación, pago y declaración mensual de los aportes LOCTI.
Comenta SAGRA y solicita la Gaceta Oficial 📢
03/04/2023
Con Sagra como aliado en tus procesos contables y financieros puedes cumplir con tus propias fechas de vencimiento como la de los entes de control
Conoce cómo podemos apoyarte contactanos a través del enlace del Bio.
21/03/2023
En GO 42.588 del 14 de marzo de 2023 se publicó la Providencia Administrativa sobre Sujetos Pasivos Especiales (SPE), donde esteblace:
✔️Los montos para la clasificación de los SPE en base al tipo de cambio de mayor valor publicado por el BCV.
- PERSONAS NATURALES
📌Tributos liquidados por periodos anuales: 7.500 veces TC de mayor valor BCV
📌Tributos liquidados por periodos mensuales: 625 veces TC de mayor valor BCV conforme a lo señalado en cualquiera de las ultimas 6 últimas declaraciones.
📌Igualmente podrán ser clasificados como SPE las personas naturales que laboren bajo relación de dependencia y hayan obtenido enriquecimientos brutos iguales o superiores a 7.500 veces el TC de mayor valor BCV, conforme a lo señalado en su última declaración de ISLR.
- PERSONAS JURÍDICAS
📌Tributos liquidados por periodos anuales: 30.000 veces TC de mayor valor BCV
📌Tributos liquidados por periodos mensuales: 2.500 veces TC de mayor valor BCV conforme a lo señalado en cualquiera de las ultimas 6 últimas declaraciones.
📌Igualmente podrán ser clasificados como SPE las personas naturales que laboren bajo relación de dependencia y hayan obtenido enriquecimientos brutos iguales o superiores a 7500 veces el TC de mayor valor BCV, conforme a lo señalado en su última declaración de ISLR.
✔️En Art. 3 se señala la clasificación de Sujetos Pasivos Especiales sometidos al control y administración de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital, con domicilio fiscal en la jurisdicción de la región capital.
✔️Los Deberes de los SPE
✔️Pérdida y revocación de la calificación de SPE
✔️Categoría de sujetos pasivos que no podrán ser clasificados como SPE.
✔️Del cambio de domicilio de los SPE.
Se Deroga de la providencia 0685 G.O. 38.622 del 8/2/2007.
Entrada en vigencia el 15 de marzo de 2023.
01/03/2023
La Ley Orgánica de Dr**as señala en su artículo 32 que toda empresa pública o privada con más de 50 empleados, debe dar un aporte de 1% de su utilidad en el Fondo Nacional Antidrogas. Asimismo, en el artículo 34 se establece que toda empresa importadora, exportadora o fabricante de bebidas alcohólicas, tabaco y sus derivados, debe aportar un 2% de su utilidad.
El artículo 6 indica que a efectos de la Ley Orgánica de Dr**as, la base del cálculo será la utilidad en operaciones del ejercicio, lo que es igual al monto resultante de la utilidad bruta del ejercicio económico menos los gastos operacionales.
Las empresas inscritas pero que no declaren o su declaración tiene un año de retraso, pueden ser cerradas por 10 días, además, pueden ser multados con el equivalente 150 veces al tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor.
07/02/2023
El futuro de los contadores frente a la inteligencia artificial es incierto, sin embargo, todo dependerá de cómo los contadores puedan adaptarse a las nuevas tecnologías.
Las IA y las diversas herramientas tecnológicas pueden ser un gran apoyo para los contadores al momento de realizar actividades repetitivas, permitiendo así, centrarse en tareas más complicadas.
La conclusión más pragmática ante la interrogante inicial, se resume en: La inteligencia artificial no reemplazará a los contadores, pero si transformarán su papel hacia un enfoque más estratégico, con el fin de mejorar la productividad y eficiencia.
Y tú, ¿Crees que la IA va a sustituir en valor a los contadores?
26/01/2023
El desafío de retener y fidelizar un talento fundamental para la organización dependerá, en gran parte, de la propuesta de valor que las empresas consigan trasladar a los empleados. De hecho, la gestión de personas está entre las principales prioridades operativas para alcanzar los objetivos de crecimiento en los próximos tres años. Ofrecer nuevos modelos de trabajo que respondan a las necesidades de los empleados es fundamental para atraer al mejor talento, con las capacidades y habilidades necesarias. Pero, sobre todo, para que ese talento quiera permanecer en la compañía.
El objetivo es desarrollar un sistema híbrido, que aproveche las ventajas de ambos mundos. Las empresas que no ofrezcan esa nueva forma de trabajar serán menos atractivas, sobre todo, para las nuevas generaciones de empleados.
14/10/2022
La incertidumbre de saber si tú negocio está pagando sus impuestos, o más importante aún, si lo hace de una forma eficiente, genera más de un cuestionamiento, estrés, preocupaciones, problemas jurídicos, etc.
La importancia de brindar oportunidades de conocer la situación que la empresa está viviendo, parte de la necesidad de encontrar un servicio de Diagnóstico Fiscal.
Por ello, en te ofrecemos un servicio rápido y especializado que te ayudará a conocer el estado de tu administración.
10/10/2022
El 16 de Agosto de 2019, la Asamblea Nacional Constituyente público en GO N°41.696 la Ley Constitucional que crea el impuesto a grandes patrimonios.
El 30 de Septiembre cerró el cuarto período impositivo de Impuestos a grandes patrimonios en +3 años de vigencia a la administración tributaria no ha emitido la norma de actualización indicada en Ley.
En , te compartimos las fechas actualizadas de la Declaración del IGP.
07/10/2022
Providencia Administrativa mediante la cual se deroga la Providencia que designa como agentes de percepción del impuesto al Valor Agregado a los fabricantes, productores artesanales e importadores de bebidas alcohólicas.
Mediante esta providencia, publicada en Gaceta Oficial 42.473, de fecha 29 de Septiembre de 2022, se deroga la Providencia Administrativa SNAT/2015/0018 de fecha 24 de Febrero de 2015, publicada en la Gaceta Oficial No° 40.656 de fecha 08 de Mayo de 2015, en la cual se designan como Agentes de Percepción del Impuesto al Valor Agregado a los fabricantes, productores artesanales e importadores de bebidas alcohólicas.
26/08/2022
Hoy 26 de agosto se celebra el día del Aministrador de Venezuela, fecha en que se se promulgó la Ley de Ejercicio de la Profesión de Licenciado en Administración.
Los administradores son gestores del cambio y creadores de oportunidades, no importa si se trata de administradores por profesión o por vocación, lo importante es reconocer su labor y compromiso ante la sociedad.
Feliz día